Ccajar. La suspensión de las extradiciones de las personas que tienen investigaciones abiertas pendientes por violaciones a los derechos humanos, fue una de las principales solicitudes realizadas el día de hoy ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH -, por un grupo de organizaciones sociales, entre las que se encuentra el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”. Esta petición se realizó en el marco de las audiencias de seguimiento a la situación de derechos humanos en Colombia, realizada por la CIDH, en su 133º período de sesiones.
Esta solicitud urgente, se realizó aclarando que ello debía realizarse “sin perjuicio de extradiciones que puedan ser solicitadas por tribunales internacionales o por la jurisdicción universal, cuando el Estado no cumpla con su deber de investigar, procesar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos”. Para las organizaciones solicitantes, esta medida podría aportar a las garantías efectivas de los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación integral, actualmente vulnerados con las decisiones de extradición.
Igualmente, solicitaron se mantenga la competencia de la jurisdicción Colombiana sobre las personas vinculadas a violaciones a los derechos humanos, hasta tanto se concluyan las investigaciones y se garantice a las víctimas el acceso efectivo a la justicia. Para las organizaciones sociales presentes, es claro, frente a este punto, que “La solución no es sustraer de la jurisdicción interna a las personas que no cumplan con los requisitos exigidos por la ley de justicia y paz, sino aplicar los recursos internos del caso”.
En tercer punto requirieron a la Comisión exhortar al gobierno colombiano para que éste adopte “medidas necesarias y eficaces de carácter judicial, administrativo o de cualquier índole, que permitan a las víctimas y a la sociedad, no obstante la extradición de los comandantes paramilitares, a acceder al derecho a la verdad y a la justicia”, por cuanto en su opinión es indispensable que se acuda a la indagación de los combatientes rasos y demás desmovilizados de los grupos paramilitares que actualmente no se encuentran en el ámbito de aplicación de la Ley 975 de 2005.
Pero quizás uno de las solicitudes más enfáticas realizadas ante la CIDH, fue la que tiene que ver con el debido proceso y con el acceso de las víctimas y sus representantes a las diligencias judiciales de jefes paramilitares que se efectúan en Estados Unidos, lo que es considerado una prioridad, máxime si se tiene en cuenta que el convenio de colaboración judicial entre Estados Unidos y Colombia es por ahora, según ellas solo “un cruce de cartas”
No obstante estas solicitudes sustentadas en derecho, el Gobierno colombiano, en cabeza del embajador ante la Organización de Estados Americanos - OEA - Camilo Ospina, indicó que ya el Estado había adoptado medidas orientadas supuestamente a garantizar los derechos de las víctimas y que para Colombia la extradición es un mecanismo de lucha contra el crimen organizado.
Es de destacar que para la Comisión Interamericana el proceso de extradición implicó un cambio abrupto que a su vez generó un nuevo escenario que exige la adopción de medidas especiales para la protección de los derechos de las víctimas, que hasta el momento no se ha ejecutado.
Esta solicitud urgente, se realizó aclarando que ello debía realizarse “sin perjuicio de extradiciones que puedan ser solicitadas por tribunales internacionales o por la jurisdicción universal, cuando el Estado no cumpla con su deber de investigar, procesar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos”. Para las organizaciones solicitantes, esta medida podría aportar a las garantías efectivas de los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación integral, actualmente vulnerados con las decisiones de extradición.
Igualmente, solicitaron se mantenga la competencia de la jurisdicción Colombiana sobre las personas vinculadas a violaciones a los derechos humanos, hasta tanto se concluyan las investigaciones y se garantice a las víctimas el acceso efectivo a la justicia. Para las organizaciones sociales presentes, es claro, frente a este punto, que “La solución no es sustraer de la jurisdicción interna a las personas que no cumplan con los requisitos exigidos por la ley de justicia y paz, sino aplicar los recursos internos del caso”.
En tercer punto requirieron a la Comisión exhortar al gobierno colombiano para que éste adopte “medidas necesarias y eficaces de carácter judicial, administrativo o de cualquier índole, que permitan a las víctimas y a la sociedad, no obstante la extradición de los comandantes paramilitares, a acceder al derecho a la verdad y a la justicia”, por cuanto en su opinión es indispensable que se acuda a la indagación de los combatientes rasos y demás desmovilizados de los grupos paramilitares que actualmente no se encuentran en el ámbito de aplicación de la Ley 975 de 2005.
Pero quizás uno de las solicitudes más enfáticas realizadas ante la CIDH, fue la que tiene que ver con el debido proceso y con el acceso de las víctimas y sus representantes a las diligencias judiciales de jefes paramilitares que se efectúan en Estados Unidos, lo que es considerado una prioridad, máxime si se tiene en cuenta que el convenio de colaboración judicial entre Estados Unidos y Colombia es por ahora, según ellas solo “un cruce de cartas”
No obstante estas solicitudes sustentadas en derecho, el Gobierno colombiano, en cabeza del embajador ante la Organización de Estados Americanos - OEA - Camilo Ospina, indicó que ya el Estado había adoptado medidas orientadas supuestamente a garantizar los derechos de las víctimas y que para Colombia la extradición es un mecanismo de lucha contra el crimen organizado.
Es de destacar que para la Comisión Interamericana el proceso de extradición implicó un cambio abrupto que a su vez generó un nuevo escenario que exige la adopción de medidas especiales para la protección de los derechos de las víctimas, que hasta el momento no se ha ejecutado.
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